martes, diciembre 02, 2008

AYUDAS REFINACIAMIENTO PYMES GALLEGAS

Contrariamente a lo que piensa la gente, los préstamos no los da el IGAPE, sino que los tiene que aprobar el banco ,si te avalan será fundamental, por lo que si la empresa tiene problemas para acceder al crédito (casi todas, en estos momentos) lo que hay que aconsejarle es que soliciten el aval de una SGR. (Sociedad Garantia reciproca SOGARPO, AFIGAL marcar casilla SGR en la misma solicitud obligatoria via internet ). El aval será negociado a parte con la SGR esta lo concederá pudiendo llegar al 1oo%.
El IGAPE subencionará el diferencial en el tipo de interés, comisión de apertura y costes del aval

Los enlaces son:
http://app.igape.es/.axudas/ficha.asp?cod=IGAP145

http://app.igape.es/.axudas/ficha.asp?cod=IGAP146

http://app.igape.es/.axudas/ficha.asp?cod=IGAP147

viernes, noviembre 07, 2008

HIPOTECA MULTIDIVISA: VENTAJAS Y RIESGOS

Es hora de analizar un producto, que pocos conocen en profundidad, y les ofrecemos una guía para entenderlo.

¿Qué es un Hipoteca Multidivisa?

Es un préstamo hipotecario, pero tiene una particularidad, el dinero que el banco nos ofrece puede ser en otra divisa cotizable además del euro. Las principales difundidas son en francos suizos y yenes.
Lo que se quiere aprovechar en estos casos, es los bajos tipos de interés de algunas monedas para abaratar los préstamos.Además, posee un índice de referencia que no es el euríbor, sino líbor, que es el índice de referencia que se toma para operaciones entre bancos en el mercado internacional.
Este tipo de interés está claramente por debajo del interés del euribor. De esta manera podemos pagar nuestro préstamo incluido el diferencial a un interés del 1,75% ó 2% por ejemplo que comparado con el 5% actual de media que se paga con el euro, observándose en la cuota.
Es importante saber, que al igual que el euríbor, el índice líbor tiene plazos desde un día, un mes, tres meses, un año, por lo que a la hora de contratar el préstamo deberán indicarnos cuál es concretamente el índice al que está referenciado.
Como explicábamos, a este tipo de hipotecas, debemos añadirle un diferencial, lo mismo que sucede con las hipotecas tradicionales en la moneda local, que puede ser diferente si la hipoteca se contrata en euros o en otra divisa distinta. Por lo general, el diferencial es algo más alto. Los plazos de los préstamos multidivisa no suelen pasar de los 20 y 30 años.
Quienes han optado por este sistema destacan su flexibilidad, ya que está permitido cambiar de una divisa a otra siempre, buscando establecer la deuda en aquella divisa, que por tipo de interés o por cotización, mas convenga al cliente, manteniendo siempre abierta la posibilidad de llevarla al “refugio” del euro.
Es fundamental elegir el momento de cada moneda y su estabilidad en el mercado. Por ejemplo, el interés del Franco Suizo es más alto, la estabilidad del cambio de la moneda respecto al euro es bastante mayor que el yen con lo que asumiremos menos riesgo.
Sin embargo, las hipotecas multidivisas, tienen sus riesgos. Por ejemplo si la divisa elegida es el yen, y sube el valor un 5% en una hipoteca de 200.000 euros, habremos pasado a deber 10.000 euros más al banco. Si ocurre lo contrario, la divisa pierda valor, entonces nuestro préstamo bajará en el porcentaje correspondiente.
Ante estos riesgos, se puede cubrir con seguros de cambio como hacen las empresas, pero este seguro lo podemos hacer por plazos cortos como de un año y la prima a pagar hace que perdamos el ahorro que supone no hacerlo en euros. Otro aspecto de estudio, son las comisiones a pagar por cambio de divisa, que en algunos casos pueden representar un 2 por ciento del capital solicitado, ya que cada vez que hacemos el pago de una cuota en euros, el banco tiene que hacer la correspondiente conversión a la moneda en que se firmó el préstamo.
En fin, una opción interesante, pero arriesgada en estos momentos de inestabilidad, que es más recomendable para empresas que para las familias españolas.

jueves, noviembre 06, 2008

Liñas para financiamento de circulante, refinanciamento de pasivos e ampliación de capital social

O Diario Oficial de Galicia vén de publicar as bases reguladoras das liñas de apoio ao acceso e adecuación do financiamento das pequenas e medianas empresas, instrumentadas mediante convenio de colaboración entre o Instituto Galego de Promoción Económica, as sociedades de garantía recíproca e as entidades financeiras adheridas. Liñas para financiamento de circulante, refinanciamento de pasivos e ampliación de capital.

IG162 - LIÑA 1- PROGRAMA DE APOIO AO CIRCULANTE

IG163 - LIÑA 2 - PROGRAMA DE REFINANCIAMENTO DE PASIVOS

IG164 - LIÑA 3 - PROGRAMA DE AMPLIACIÓN DE CAPITAL SOCIAL

Resolución DOG

viernes, octubre 31, 2008

La factura electrónica: todo ventajas

En momentos de crisis como el que atravesamos todas las medidas son pocas para reducir costes, agilizar la gestión y hacer más productiva nuestra pequeña o mediana empresa.
Una de las alternativas de gestión por la que ya han optado muchos negocios es la factura electrónica, cuyo uso es más sencillo de lo que los usuarios sospechan. Tiene la misma validez que la emitida en papel con ventajas añadidas, como la inmediatez, la sencillez y un buen control de las compras y ventas.

Para utilizarla se necesita disponer de firma electrónica. Así como cualquier otro documento digital, el facturador cumplimenta la factura en el ordenador -para lo cual puede dotarse de una plantilla pro-forma que sólo necesita número, fecha, concepto y cantidades-, después ha de enviársela al facturado mediante correo electrónico y conservarla en soporte informático para futuros usos.

Las facturas electrónicas pueden emitirse en diferentes formatos -doc, xml, pdf, html, txt...-, siempre que se respete el contenido exigible a cualquier factura. Tanto las personas físicas como las jurídicas pueden facturar electrónicamente, pero para ello es imprescindible disponer de un certificado digital reconocido por la Agencia Tributaria.
La obtención de este certificado no ha de correr directamente a cargo del emisor, sino que éste puede delegar la firma en un tercero. Y para obtener la certificación de usuario ni siquiera hay que moverse del ordenador, basta con entrar a través de Internet en la página de la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre, en la dirección: http://www.cert.fnmt.es/index.php?cha=cit&sec=obtain_cert y gestionarlo desde allí.

Para el emisor, los requisitos legales exigibles en la facturación electrónica son:
• Tener consentimiento previo de ambas partes, cosa que podría cambiar en el futuro
• Garantizar la autenticidad e integridad de las facturas, gracias al certificado digital
• Almacenar las facturas digitalmente, tal y como fueron enviadas, incluyendo la firma electrónica, y hacerlo a través de carpetas que faciliten su búsqueda, visualización e impresión, en caso de inspección
• Proporcionar al receptor el software para validar la firma electrónica .

Por su parte, el receptor tiene la obligación de:
• Disponer del software necesario para la validación de la factura
• Almacenar las facturas recibidas digitalmente, incluyendo la firma
• Disponer de modos de acceso completo a los datos

Entre las ventajas de esta nueva herramienta tecnológica está la seguridad, en la medida en que el certificado digital dota a las facturas de garantías de integridad y autenticación del emisor; la agilidad, porque permite reducir los tiempos de gestión de forma considerable; la simplificación de la gestión, contabilidad, archivo...; y, por supuesto, el ahorro de costes, que puede llegar hasta 0,75 euros por factura.

A todo esto, se podría añadir la rapidez del proceso, la mejora en la calidad del servicio al cliente, la eficiencia y, desde luego, beneficios medioambientales nada despreciables, si se tiene en cuenta que sólo en España se generan cada año más de medio billón de facturas. En cualquier caso, para poder implantar la facturación electrónica se necesitan aplicaciones informáticas que permitan al usuario adjuntar su firma a la factura y al receptor verificar la autenticidad e integridad de las facturas.
Generalmente, no se trata de un proceso tecnológico complicado, salvo cuando la facturación electrónica debe integrarse con el resto de sistemas de información de la empresa, relacionados sobre todo con los ciclos de aprovisionamiento -pedido, albarán, factura- o de pago - validación, autorización, orden y control de pago-. De cualquier forma, la factura electrónica es una alternativa más, nada despreciable para las PYMES, que en los momentos que corren han de hacer uso de todos medios para agilizar trámites y reducir costes.

miércoles, octubre 15, 2008

El sistema finaciero español era hace dos semanas "quiZá el más solido del mundo" según Zapatero

¿Por qué se toman las medidas?
El presidente del Gobierno aseguraba hace apenas dos semanas que el sector financiero español era "quizá el más sólido del mundo", pero los análisis internacionales coinciden en que es uno de los más vulnerables, en el sentido de que necesita captar casi 100.000 millones de euros anuales en el exterior por la limitada capacidad de ahorro de los españoles.

Los bancos y cajas han cogido la costumbre en los últimos años de ir pagando deudas contrayendo otras, lo que en la era del dinero barato era hasta rentable. En paralelo, se han dado en los últimos años una auténtica fiesta crediticia, concediendo préstamos que triplican el Producto Interior Bruto de España. Sólo en el sector inmobiliario -sin contar la construcción- han acumulado un riesgo de 400.000 millones de euros.
Ahora no sólo no logran endeudarse a bajo precio para hacer frente a sus obligaciones, sino que están acumulando deudas de difícil cobro con aumento de la morosidad. Su ventaja es que los gobiernos pueden dejar caer inmobiliarias o compañías aéreas, pero no bancos o cajas, porque sus efectos en la economía son mucho más devastadores.
¿Cuáles son las medidas?
Son cuatro, repartidas en tres decretos-leyes. Por orden de importancia, son: la concesión de avales del Estado para que bancos y cajas se puedan endeudar en hasta 100.000 millones de euros en los próximos dos meses y mucho más en 2009; la creación de un fondo de hasta 50.000 millones para que el Estado compre cédulas hipotecarias y otros activos de teórica gran calidad de bancos y cajas; el aumento del Fondo de Garantía de Depósitos para cubrir hasta 100.000 euros por titular y entidad en caso de quiebra, y una aún difusa disposición para nacionalizar bancos y cajas si fuera necesario.
¿En qué notará el ciudadano estas medidas?
De momento, en nada directo. Aunque el presidente del Gobierno presentó la semana pasada la creación del fondo como una medida para reactivar los créditos a familias y empresas, el lunes ya habló directamente de que son para ayudar al sector financiero.
Esa es la realidad: un paquete legislativo para aliviar a bancos y cajas y que no se vean en inferioridad de condiciones ante las cada vez más protegidas entidades competidoras de otros países europeos.
Zapatero confía en que ese alivio se traduzca en que den más facilidades de crédito a los españoles y a las empresas, pero asegura que no puede imponerlo. El PP exige garantías, porque existe el riesgo de que los bancos coloquen ahora las emisiones entre sus clientes -en vez de salir a exterior- o que se queden el dinero en sus balances a la espera de tiempos mejores.
¿Hay que cambiar de banco o caja?
El Gobierno parece demostrar con el conjunto de medidas que no va a dejar caer ninguna entidad. Eso, unido a que el sistema garantiza hasta 100.000 euros en los depósitos o fondos de inversión, hace improbable que haya un peligro inminente para el ciudadano medio, sea cual sea la entidad a la que confía sus ahorros. El problema es que se están tomando medidas de envergadura con improvisación, lo que demuestra que el panorama era más sombrío de lo que decían el Gobierno y el propio sector financiero en los últimos tiempos.
¿Cómo funciona el nuevo sistema de avales?
Los bancos y cajas tendrán teóricamente mejor entrada en el mercado internacional, porque, aunque sus pagarés y obligaciones no tengan la máxima calidad, contarán con un aval que sí la tiene, el del Reino de España, que tiene calificación crediticia de triple A. A cambio, el Estado cobrará una comisión no cuantificada al banco o caja beneficiario.
Como la cantidad a avalar está limitada a 100.000 millones, el Gobierno tendrá que hacer una selección con criterios que no detalla. ¿Por qué 100.000 millones? "Se considera suficiente en relación con el tamaño del mercado español y con la estructura de vencimientos de la financiación interbancaria para el cumplimiento de los objetivos perseguidos por estas medidas durante 2008", según la memoria justificativa del Real Decreto a la que tuvo acceso EL MUNDO.
¿Y el fondo?
Las entidades financieras acudirán a subastas o concursos públicos para poder vender al Tesoro Público sus emisiones crediticias. Los que acudan serán los que realmente necesiten hacer caja urgente de financiación estable, porque el Estado tendrá que cobrar cerca de un 5%, que es mucho más que el 3,75% que ofrece el Banco Central Europeo de forma ilimitada, aunque por plazos semanales. Es posible que el fondo termine canjeando bonos del Tesoro por cédulas de las entidades para que éstas puedan ir con la red del Estado a financiarse al BCE.
¿Nacionalizará Zapatero bancos o cajas?
Asegura que no será necesario, pero, desde el lunes, se reserva ese derecho en caso de que, como ha sucedido en Reino Unido, haya entidades que, además de créditos, necesite una inyección directa de capital para mantener su solvencia.
¿Puede haber amiguismo en la concesión de ayudas?
Sin duda, y el pasado de gobiernos del PSOE -Rumasa, entre otros- y del PP -privatizaciones- no es alentador. Así que sería necesario que el reparto de avales y del fondo se hiciera con criterios objetivos y transparentes y un sistema de control parlamentario e independiente. Aunque las cantidades que hay para repartir equivalen, de momento, al Presupuesto anual del Estado, el Gobierno se niega a compartir su control. El sistema de concesión de avales será más opaco que el de la gestión del fondo, porque las entidades pueden alegar derecho a protección de datos.
¿Costarán dinero estas medidas al contribuyente?
"Ni un céntimo", según Solbes, pero el propio Banco de España subraya que existe un riesgo para el contribuyente. En el mejor escenario, el Estado terminará haciendo negocio, porque habrá cobrado comisiones por avales que nunca se llegaron a ejecutar y habrá comprado emisiones de entidades rentables. Pero en el peor escenario habrá contraído un costoso riesgo multimillonario por bancos y cajas que no han acreditado la solvencia. Se ejecutarán los avales y el fondo habrá comprado títulos insolventes.
Otro riesgo es que el endeudamiento masivo del Estado dañe su reputación. El bono del Reino de España tenía que pagar el lunes una prima de riesgo 60 puntos más cara que el alemán, pese a estar ambos en el euro.
¿Se soluciona así la crisis?
No, ésta puede durar aún más de un año y con un fuerte aumento del paro. Las medidas no reactivan la economía, pero sí evitan un colapso del sistema financiero que haría inviable cualquier intento de recuperación. Ahora, según los expertos, falta otro programa de medidas que ataque directamente la crisis económica y el paro. Fuente elmundo.es

lunes, septiembre 08, 2008

Nueva Fiscalidad Herencias en Galicia.

Galicia estrena reforma legislativa del impuesto que graba herencias y donaciones: la Pese a las expectativas apenas tendrá efectos en la economía porque los legisladores han renunciado finalmente a satisfacer las demandas reiterada de eximir de eses impuesto a la tranmisión “mortis causa” de empresas familiares Lo único a destacar es que se exime del impuesto a la vivienda habitual heredada del cónyuge fallecido
La reforma que ya ha sido publicada en el DOGA y ya entrado en vigor establece que el gravamen aplicable a ñla vivienda habitual se calculará aplicando una reducción del 99% del valor de la misma, hasta los 150.000 € , aplicándose para cantidades mayores rebajas de de deducciones inferiores , siendo la mínima del 95%, siempre que el heredero sea un pariente de primer grado y éste la mantenga como vivienda habitual durante un mínimo de 5 años tras el fallecimiento del testador. No obstante hay una novedad sustancial, pues a las viudas y viudos se les aplicará el 100% de rebaja; de modo que no pagarán nada por el valor tasado de la vivienda que reciban en calidad de herederos; si son usufructuarios la carga fiscal correrá por cuenta de los herederos , que habitualmente son los hijos,sean descendientes biológicos , reconocidos como tales o adoptados. Hasta ahora esa deducción era del 95% y la obligación de seguir ocupando la casa como vivienda habitual se prolongaba hasta los 10 años. La rebaja es más una compensación , es decir , nos quedamos como estábamos ya que el efecto de la rebaja a primera vista es proporcionalmente notoria tiene un alcance cuantitativo limitado ya que desde los años 90 la tasaciones oficiales de las viviendas han subido acercándose cada vez más al valor de mercado de los bienes inmuebles. El tipo de gravamen se aplica sobre el valor de tasación qué cada vez es mayor por la evolución de la economía real Por eso el efecto cuantitativo de la deducción aprobada haya sido parcialmente amortizada y al paso de un cinco años sea totalmente anulada o digerida dicha rebaja por el alza de los valores catastrales revisados.
Con relación a las empresas se aplicarán criterios y baremos similares, con la obligación de que el negocio sigua funcionando un mínimo de 5 años tras la defunción del propietario
El testamento emitido ante notario es el más seguro, habitual y ventajoso ya que garantiza que el contenido se ajuste a derecho, respetando las “legitimas” de los descendientes, cónyuge o ascendientes(los denominados herederos forzosos). Los hijos por lo general tienen derecho a un cuarto en Galicia (1/3 en España)dividido a partes iguales. Pero ojo , la legítima tiene varios recovecos y , por ejemplo las hay para viudos y viudas en régimen de usufructo. En el modelo testamentario más habitual los cónyuges , en dos documentos independientes se legan mutuamente el usufructo universal de todos o parte de los bienes , nombrando herederos a los hijos. El cónyuge viudo posee automáticamente la mitad de los bienes en régimen de gananciales pues esa mitad no la recibe por herencia del fallecido sino que ya era suya con anterioridad. Es decir los efectos del testamento se circunscriben a la mitad de los gananciales del fallecido más sus bienes privativos(los que hubiera obtenido por herencia o donación y los que poseyera antes de contraer matrimonio).
Enlace LEY DOGA XUNTA

lunes, agosto 04, 2008

El reto del director financiero ante la tormenta perfecta: la gestión de la crisis total

La gestión de los proyectos de inversión que se evalúan mediante el Valor Actual Neto .En su formula tenemos los siguientes parámetros . Inversión inicial que suponen la necesidad de recursos ajenos más los flujos netos de caja descontados al tipo de interés. Entonces es fácil comprender la importancia del tipo de interés en la toma de decisiones empresariales y la incertidumbre que supone su volatilidad Aunque los especuladores puedan hacer su agosto dado que la rentabilidad se paga por el riesgo no diversificado en la economía real se opta por diversificar el riesgo.
La tendencia al alza de tipos hace que se retraiga tanto las inversiones empresariales como el consumo de las familias. Con tipos de interés altos las estimaciones de beneficios futuros son menores y inversión inicial más costosa dado que los recursos ajenos son más caros. Pero no solo influye en las previsiones de futuras de beneficios sino también en las cuentas resultados inmediatas dado que la revisión del euribor suele ser a 6 meses. Pero la crisis financiera de falta de liquidez o confianza crediticia desatada afecta por múltiples vías a la cuenta dando una vuelta de tuerca más cerrando el grifo de financiación para los planes de viabilidad.
Los flujos de caja se calcula a través de la cuenta de resultados Ventas totales menos costes totales .A las ventas le afecta negativamente la caída del consumo y el alza del tipo de cambio euro/dólar en cuanto sean exportaciones. Del resultado bruto se detraen los intereses generados por el enredamiento lo cual están aumentando por el alza de tipos de interés mermando los beneficios netos.
En una economía globalizada la crisis subprime de los credit crunch o las hipotecas basuras de EE.UU ha trasladado una crisis de confianza y falta de liquidez a Europa que ha desestabilizado no sólo el mercado inmobiliario sino los financieros como la bolsa .Dada la incertidumbre de estos los grandes fondos de inversión internacionales(macro head founds) se han dirigido al mercado de las comodities de Chicago en busca de mayor rentabilidad y seguridad.. Cabe destacar el mercado de futuros donde se compran materias primas indiciadas al precio del petróleo. Este es el gran negocio mundial el controlar las materias primas que deriva en un fuerte especulación que han provocado un alza en los precios del crudo sin precedentes dado que se junta con la creciente demanda de países en desarrollo como China e India con un importante presión especulativa en el mercado de futuros del Brent . Esta presión también al precio de cereales y alimentos más la influencia la creciente demanda para la elaboración de Bio –carburantes pero pienso que el factor especulativo es más determinante.
Todo conjuntamente deriva en inflación de costes que repercute en los resultados empresariales provocando estanflación estancamiento del crecimiento económico con fuerte inflación que el banco Europeo trata de combatir con tipos de interés altos y tipo de cambio euro/dólar elevados dado que con el dólar barato podemos compensar el alza del precio del crudo. Dada nuestra dependencia energética estructural será difícil sostener esta situación de compensación cuando EE.UU decida cambiar su política monetaria de tipos de interés bajos.
Solbes ya admite que es una crisis compleja con múltiples variables imposibles de controlar. Por eso se debe centrar en mejorar las deficiencias estructurales de la economía española dependencia energética del petroleo, de un sistema productivo ineficiente para fabricar un mismo producto consumimos más materias primas que nuestros vecinos europeos consecuentemente pérdida de competitividad que la suplimos con salarios bajos de la inmigración. Reformas del mercado de trabajo Dependencia del Turismo y del sector inmobiliario ambos relacionados
Mención especial es la crisis inmobiliaria que afecta especialmente a España . La caracteristica principal de las Constructoras y promotoras que sus existencias de mercaderias y materias primas son las edificaciones y terrenos. El ciclo medio de maduración , es decir el periodo de fabricación de los pisos hasta que son vendidos (materias primas, producto en curso, terminado, vendido) venía siendo de 2 años y se ha prolongado hasta 3 años y medio aumentando las necesidades de financiación .Aún más que se irá alargando debido a la banca que ya no da hipotecas alegremente ni a los solventes. El periodo de maduración se financia con el fondo de maniobra ,exceso de capital permanente sobre el inmovilizado o activo circulante menos pasivo circulante. Pero como el caso Martinsa-Fadesa las necesidades de fondo de maniobra fueron financiadas con recursos ajenos, más grave aún si son a corto plazo, craso error de manual del director financiero “el fondo de maniobra siempre se financia con fondos propios” (tesorería aportaciones de socios, ampliación de capital etc)
Ante las crisis la incertidumbre tipos y riesgos impago los directores financieros tienen que establecer instrumentos de cobertura natural on –banace-sheet o artificial off- balance-sheet para mitigar riesgos impago, riesgo de volatilidad de precios de materias primas, tipos de cambio y tipos de interés para poder salvar la nave ante la tormenta perfecto. Una brain storm de ingeneria financiera, fra, swaps . collard etc para afrontar la perfect storm podrá situarnos en el ojo del huracán en el 2009, sorteando en calma la tormenta de la crisis pero el sentido común y no cometer errores de manual será fundamental.

miércoles, junio 11, 2008

Axudas financeiras do Igape á internacionalización das empresas galegas

Bases reguladoras das axudas financeiras do Igape á internacionalización das empresas galegas (DOG Nº92 do 14/05/2008):

O obxectivo destas bases é facilitar a internacionalización da empresa galega poñendo ao seu alcance liñas de axudas financeiras que apoien a súa presenza exterior, xunto cos servizos de apoio que, neste ámbito, xa están a adisposición do empresariado galego. A aposta do Igape pola internacionalización das empresas está baseada nun modelo facilitador de información, servizos directos nos principais mercados internacionais e financiamento ás empresas para a súa entrada neles, aposta que se complementa coa formación e especialización de recursos humanos.

As axudas aplicables para este eixo son as seguintes:

IG110 - Presenza en eventos expositivos internacionais (artigo 9)

IG111
- Proxectos de cooperación internacional (Artigo 16)
IG123 - Proxectos de organización e participación en misións empresariais internacionais directas (artigo 11)
IG124 - Proxectos de organización e participación en misións empresariais inversas de calquera país estranxeiro a Galicia (artigo 14)
IG150 - Elaboración de diagnósticos empresariais da capacidade de internacionalización (Artigo 7)
IG151 - Elaboración de estudos e investigación de mercados internacionais (Artigo 8)
IG154 - Organización e participación en misións empresariais tecnolóxicas (Artigo 13)
IG155 - Asistencia técnica para á participación en licitacións públicas internacionais (Artigo 15)

IG157
- Identificación e implantación de boas prácticas e proxectos de intercambio de experiencia no ámbito internacional (Artigo 18)
IG158 - Proxectos de prospección e primeira implantación comercial conxunta no estranxeiro (Artigo 19)

jueves, abril 10, 2008

SUBVENCIONES: NOVAS AXUDAS DO IGAPE

NOVAS AXUDAS DO IGAPE PARA INVESTIMENTOS, MELLORA DA COMPETITIVIDADE E COOPERACIÓN


O Igape vén de publicar as novas Bases reguladoras dos incentivos a proxectos de investimento empresarial, polas que se convocan, en réxime de concorrencia non competitiva e ata derrogación expresa as liñas de axuda para:
Proxectos de investimento empresarial superior a 500.000€.
Proxectos de servizos avanzados intensivos en emprego.
Proxectos empresariais de novos emprendedores
Ao mesmo tempo, en réxime de concorrencia competitiva, o Igape convocou as liñas de axuda para promover a mellora da competitividade empresarial correspondentes á Base reguladora das axudas a proxectos de consultoría e asistencia técnica nas Pemes, que inclúe como principal novidade os incentivos á formación empresarial.

Do meso xeito, o Instituto convocou, tamén por concorrencia competitiva as liñas de axuda á cooperación incluñídas na Base reguladora de axudas a proxectos colaborativos de carácter empresarial, entre as que están os apoios a proxectos tutelados de intercambio de experiencia para a innovación.

Máis información: www@igape.es
ou no teléfono 902 300 903

viernes, enero 25, 2008

NOVEDADES EN PGC 2008

El nuevo plan contable de entrada en vigor el 01-01-2008, obligatorio para todas las empresas, introduce novedades entre las que cabe destacar dos cuestiones básicas que se plantean de modo inmediato para aquellas empresas cuyo ejercicio económico coincida con el año natural.
En primer lugar la transición del plan de 1990alnuevo de 2007. las empresas deben cerrar sus cuentas de 2007 aplicando la normativa en vigor, esto el PGC DE 1990. La contabilidad del año 2008 se iniciará con la formulación de un balance de apertura en el que se deberán registrar todos los activos y pasivos cuyo reconocimiento exige la nueva normativa. Asimismo se darán de baja todos los activos y pasivos no permitidos, y deberán reclasificarse los elementos patrimoniales en sintonía con las definiciones y criterios de valoración del nuevo PGC. Las valoraciones anteriores a la nueva regulación se admiten salvo excepciones relativas a instrumentos financieros que se valoren al valor razonable. Los ajustes en la mayoría de las ocasiones deberán hacerse contra reservas.
La segunda cuestión a resolver sólo afecta a las consideradas como pymes, que son aquellas que no superen los tres limites siguientes:
Activo no superior a 2850000 €
Cifra de negocios no superior a 5700000 €
Numero medio de trabajadores no superior a 50.
Toda empresa que no supere dos de los límites citados puede acogerse a un Plan de Contabilidad especialmente aprobado para las pymes, que en esencia coincide con el nuevo plan genera, pero evitando regular algunas operaciones complejas por considerar que las pymes no suelen hacer estas operaciones, entre las que cabe citar las combinaciones de negocios, o las operaciones de cobertura.
La decisión sobre si aplicar el Plan General o el Plan de Pymes puede ser difícil de tomar ya que el criterio que se adopte debe ser mantenido durante tres años. Por otra parte, si una pyme realiza una operación no contemplada en el plan de pymes, obligatoriamente debe remitirse al General. Además, en caso de de dejar de aplicar el plan de pymes para pasar al plan general deberá hacerse con carácter retroactivo, con todos los ajustes que eso implique.
Entre las novedades que introduce también cabe citar la obligación de formular dos nuevas cuentas anuales como son el ”El Estado de Cambio en el Patrimonio Neto” y el “estado de Flujos de Efectivo”. Los ya no tan nuevos criterios de valoración como el “valor razonable” o el “coste amortizado” también van a suponer cambios a la hora de contabilizar algunas operaciones. Lo mismos cambios ocurren con la preponderancia del “principio del fondo (sustancia) sobre la forma” establecidos en el Marco Conceptual (ej Leasing) y la pérdida de la jerarquía del principio de prudencia.
Sin duda los contables tienen un arduo trabajo por delante.